Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 12 noviembre 2024.

Participación sindical en los planes de respuesta en las empresas ante el Covid-19

    La situación laboral de nuestro país ante la crisis provocada por el Covid-19 va a suponer un cambio sustancial tanto en nuestra sociedad como en el medio laboral. Es necesario que en todas las empresas se cree un plan de trabajo negociado con la representación sindical para abordar los posibles problemas que pudieran surgir de esta situación, así como abordar respuestas de actuación ante los posibles escenarios que pudieran darse.

    08/04/2020.
    Orientaciones participación sindicales en planes de respuesta ante el Covid-19

    Orientaciones participación sindicales en planes de respuesta ante el Covid-19

    1.SOLICITAR UN PLAN A LA EMPRESA

    La representación sindical ha de transmitir a la empresa la necesidad de establecer un plan ante el Covid-19, negociado con la representación sindical.

    Si en la empresa aún no se ha establecido un plan de actuación, la representación sindical debe solicitar por escrito la necesidad de establecerlo, así como la obligación de la participación paritaria.

    2.POR QUÉ PARTICIPAR

    Las respuestas que cada empresa adopte ante el brote de coronavirus no pueden ser competencia unilateral del empresario, en la medida que afectan a:

    • Las condiciones de trabajo.
    • A la salud de los trabajadores y trabajadoras.
    • A la compatibilidad de la vida laboral y familiar.
    • A la salud pública.
    • A la continuidad de la actividad de la empresa
    • A los derechos de las personas trabajadoras.

    3.CRITERIOS SINDICALES PARA EL PLAN

    La participación de los trabajadores y trabajadoras tiene que tener como objetivo que el plan de la empresa se oriente a las siguientes metas:

    • Proteger en el trabajo la salud de los trabajadores y trabajadoras.
    • Controlar y reducir las posibilidades de contagio en el medio laboral.
    • Garantizar la continuidad de la actividad de su empresa.
    • Proteger los derechos de las personas trabajadoras.

    Para llevar a cabo todo esto es necesaria una coordinación con el servicio de prevención de cada empresa para poder participar en las medidas de prevención que deban llevarse a cabo tanto desde el punto de vista organizativo, como de protección personal o en lo que respecta a los trabajadores especialmente sensibles.