Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 24 abril 2024.

CCOO CLM

Novedades sobre trabajo autónomo

    Decreto 19/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco de la estrategia de impulso al trabajo autónomo en la región. Tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en el marco de la Estrategia de Impulso al Trabajo Autónomo en CLM 2022-2025

    07/03/2023.
    Novedades sobre trabajo autónomo

    Novedades sobre trabajo autónomo

    Líneas de subvención:

    Línea 1. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajadora autónoma

    Línea 2. Ayudas para el fomento del relevo generacional

    Línea 3. Ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma

    Línea 4. Ayudas para la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena

    Periodo subvencionable: desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022

    Beneficiarias:  Podrán ser beneficiarias de las ayudas de las líneas 1, 2 y 4:

    a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, que realicen de forma habitual, personal, directa,por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra, una actividad económica y profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

    b) Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), formen parte y se encuentren integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.

    c) Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), constituyan sociedades limitadas unipersonales, cuando aquellas desarrollen su actividad en las mismas.

    2. Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la línea 3, los familiares colaboradores de las personas trabajadoras autónomas, entendiéndose por tales, el cónyuge o persona con análoga relación afectiva y de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o a la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate.

    Cuantías:

    La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 1.200 euros al mes para la Línea 1

    La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 6.000 euros para la Línea 2

    La cuantía de la subvención ascenderá a un máximo de 3.000 euros para la Línea 3

    La cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 9.000 euros, para la Línea 4

    Plazo de presentación de solicitudes:

    Dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

    Forma de presentación de solicitudes:

    Las solicitudes se dirigirán a la dirección general competente en materia de trabajo autónomo y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios que se incluirán en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).

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