Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 13 marzo 2026.

SERVICIOS JUR脥DICOS CCOO, TU MEJOR DEFENSA

La justicia da la raz贸n a CCOO y condena a la empresa STULZ TECNIVEL por vulneraci贸n de derechos fundamentales

    El Juzgado de lo Social de Toledo ha dado la razón a Comisiones Obreras reconociendo la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical por parte de la empresa STULZ TECNIVEL ubicada en la localidad toledana de Esquivias al Comité de empresa, en el que este sindicato tiene toda la representación.

    13/02/2026.
    Comit茅 de empresa de STULZ en Esquivias

    Comit茅 de empresa de STULZ en Esquivias

    La sentencia determina que el comportamiento de la empresa “ha lesionado el ejercicio de la libertad sindical del Comité de empresa”, condenando a STULZ al “cese inmediato de la conducta obstativa al derecho fundamental a la libertad sindical”, así como a “la entrega de la documentación e información solicitada por la representación sindical en los plazos que fija el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de aplicación”. Además, condena a la empresa a pagar una indemnización al Comité de empresa.

    CCOO de Toledo denuncia la actitud antisindical de la empresa STULZ que desde la constitución en junio del año 2024 del Comité de empresa ha ninguneado las peticiones de documentación e información, necesarias para el ejercicio de la acción sindical, y ha cercenado su derecho fundamental a la libertad sindical. Durante este tiempo la empresa no ha entregado al Comité ninguna de la documentación e información solicitada sobre los elementos que afectan a las relaciones laborales de las personas trabajadoras en materia de prevención y salud laboral, situación económica de la empresa, cuentas de resultados, contratos, plan de formación, plan de igualdad, etc.

    CCOO y el Comité de empresa celebran esta sentencia que condena a la empresa por vulnerar derechos fundamentales, frenando las pretensiones de STULZ de coartar la acción sindical y atacar los derechos de las personas trabajadoras. Lamentablemente sigue habiendo empresas no tienen claro que la libertad sindical es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Española. 

    A esta sentencia hay que sumar que, tras la denuncia de CCOO, hace ya un año se iniciaron actuaciones por parte de la Inspección de Trabajo formulando a esta empresa diferentes requerimientos, -hasta ocho-, para subsanar diferentes deficiencias relativas a equipos de protección individual, formación e información, equipos de trabajo, equipos de aspiración de humo de soldadura, evaluación de riesgos por exposición a agentes químicos o sobre condiciones ambientales. Pese a los requerimientos y sanciones de la Inspección, la empresa incumplió los plazos de subsanación, lo que llevó a CCOO a volver a denunciar a STULZ ante la Inspección, llegando ésta a paralizar la actividad de la parte de soldadura al estar los equipos de aspiración de humos reparados con cinta americana, no garantizando el correcto funcionamiento del mismo, ni la seguridad de las personas trabajadoras.

    También la Inspección de Trabajo tuvo que intervenir este verano ante la falta de climatización en la empresa, resulta ilógico que una empresa que se dedica a la fabricación de climatización industrial, tenga a sus 300 trabajadores y trabajadoras de la planta de Esquivias sin ningún tipo de climatización, poniendo en serio riesgo su seguridad y salud, pues a consecuencia de ello las personas trabajadoras han llegado a sufrir desmayos.

    CCOO y el Comité de empresa confían en que tras esta sentencia ganada por los Servicios Jurídicos del sindicato, la empresa STULZ cambie radicalmente la actitud antisindical que hasta ahora ha venido teniendo con la representación sindical.