Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 29 marzo 2024.

Ayudas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario

    Decreto 112/2022, de 11 de octubre: por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ

    20/10/2022.
    Ayudas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario

    Ayudas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario

    El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a:

    a) Fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

    b) Adaptar sus puestos de trabajo, dotar de equipos de protección personal y eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten su trabajo.

    c) Favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo, mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad, que presentan especiales dificultades para el acceso al mismo.

    d) Favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades, mediante actividades de orientación y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestados por personal preparador laboral especializado.

    Beneficiarias: Las empresas, las personas autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionables con las condiciones establecidas en el decreto.

    Plazo de solicitud: del 19 de octubre de 2022 al 15 de noviembre de 2022

    Plazo de ejecución: Serán subvencionables las actuaciones de las letras a, b y c que se realicen en el período comprendido desde el 1 de noviembre de 2021 y el día 31 de octubre de 2022, ambos incluidos. Para las actuaciones de la línea d, serán subvencionables las actuaciones que se realicen en el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2021 y el día 31 de diciembre de 2021.