Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 28 marzo 2024.

La FSC CCOO demanda a CMMedia por negar a sus trabajadores madrileños la posibilidad de votar el 4-M durante su jornada de trabajo

  • El sindicato ha solicitado hoy mismo al TSJ-CLM medidas cautelares para dejar sin efecto la negativa del Ente Público de RTVCLM a facilitarles la participación en las elecciones a la Asamblea de Madrid

26/04/2021.

CCOO ha demandado ante el TSJ-CLM al Ente Público de Radio Televisión de Castilla-La Mancha (CMMedia) por negar a sus trabajadores empadronados en la comunidad de Madrid la posibilidad de ejercer el derecho al voto en las elecciones del 4-M durante su jornada de trabajo.

El sindicato ha presentado esta misma mañana una “demanda urgente de Tutela de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas”; y ha solicitado al TSJ CLM la adopción inmediata de medidas cautelares para dejar sin efecto antes de la fecha de las votaciones la decisión del Ente Público, “por presunta vulneración del Derecho a Participar enlos asuntos públicos -ejercicio del Sufragio Activo, artículo 23 CE y concordante art. 14 CE”.

Según relata en la demanda la secretaria general de CCOO-FSCCLM, Lola Cachero, tras la convocatoria de las elecciones en la Comunidad de Madrid, “varios trabajadores afectados, a través de miembros del comité de empresa y de este sindicato en cuestión”, solicitaron a la dirección del ente público “poder hacer uso del permiso retribuido establecido en el Art 37.3.d del Estatuto de los Trabajadores para ejercer el Derecho al Voto”.

En contestación a su solicitud, el director de Recursos Humanos del Ente Publico de RTV-CLM, Julio Alonso, les denegó el permiso mediante un mail remitido el pasado viernes, en el que argumenta que“dado que las elecciones son en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, el establecimiento de permisos retribuidos, tal y como se establece legalmente, se circunscribe exclusivamente a los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid”. CCOO considera que tal interpretación del ordenamiento jurídico que desarrolla o afecta al ejercicio del voto vulnera el artículo 23 de la Constitución, que consagra el Derecho fundamental de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos.

El sindicato subraya que está más que acreditado que los trabajadores a los que el ente público de RTVCLM niega el permiso retribuido para acudir a votar el 4M durante su jornada laboral compatibilizan su residencia en la comunidad de Madrid con su trabajo en CMMedia, y que esta circunstancia no puede ser óbice para negarles el permiso para ausentarse del trabajo el día de las elecciones, con derecho a remuneración, previo aviso y justificación, durante el tiempo y en los términos establecidos en el Art. 37.3.d del Estatuto de losTrabajadores.

El director de RRHH del Ente Público, destaca CCOO en su demanda,se basa en una Resolución de la Comunidad de Madrid “que puede afectar a las empresas radicadas en la Comunidad de Madrid, pero no fuera de ella. En base a los más elementales principios de jerarquía normativa, no puede hacerse uso por parte de CMMedia de esta Resolución de la CAM para dejar sin efecto a lo establecido en todo un Real Decreto” (el ET) y “vulnerando un derecho fundamental consagrado en la Constitución”.