Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 28 marzo 2024.

“Los acuerdos de inaplicación de convenios colectivos en cifras”

CCOO CLM urge modificar las inaplicaciones de convenios colectivos, uno de los elementos más graves de las reformas laborales

    Toledo, 23 de diciembre de 2019. Desde octubre de 2010 en Castilla-La Mancha se han registrado un total de 225 inaplicaciones de convenio colectivo que han afectado a más de 5.600 trabajadores y trabajadoras. La mayoría de las inaplicaciones, en más del 96% de los registros, son con respecto a la cuantía salarial.

    Estas son algunas de las conclusiones del informe elaborado por la Confederación Sindical de CCOO “Los acuerdos de inaplicación de convenios colectivos en cifras” en el que se analiza una de las medidas estrella de la reforma laboral de 2012 las inaplicaciones o descuelgues de convenio, opción que también abrió la reforma laboral del año 2010.

    Entre octubre de 2010, -cuando se pone en funcionamiento el Registro de Acuerdos Colectivos (REGCON), hasta febrero de 2019, en el conjunto del país se han registrado un total de 9.673 inaplicaciones, que han afectado a un total de 348.229 trabajadores y trabajadoras. Comercio, hostelería, industria siderometalúrgica y construcción y obras públicas son los sectores donde se ha producido un mayor volumen de inaplicaciones.

    23/12/2019.
    Inaplicación de los convenios colectivos

    Inaplicación de los convenios colectivos

    En Castilla-La Mancha en este periodo ha habido 225 inaplicaciones de convenios colectivos, que han afectado a 5.604 personas trabajadoras.

    El mayor número de inaplicaciones registradas se producen sobre los convenios colectivos sectoriales (96,64%), y en el 96,41% de los registros realizados ha sido inaplicada la cuantía salarial.

    El 60,3% de las inaplicaciones corresponden a las empresas más pequeñas, de 1 a 10 trabajadores y trabajadoras, y la inmensa mayoría afectan a los salarios, el 96,41% de los registros.

    Para Comisiones Obreras las inaplicaciones de convenio (Art.82.3 ET) es uno de los elementos más graves de las reformas laborales, ya que han afectado directamente al núcleo duro de la negociación colectiva -retribuciones, jornada y distribución de tiempo de trabajo, sistema de trabajo y rendimiento, mejoras voluntarias de la Seguridad Social, etc-. Una medida que junto con otros artículos nos han llevado a la pérdida de derechos que es imprescindible recuperar.

    En las empresas de menor tamaño y que carecen de representación sindical es donde la voluntad empresarial ha podido imponerse con procedimientos y condiciones que exceden de los que prevé la propia normativa legal, facilitando el dumping y afectando también a las arcas de la Seguridad Social y Hacienda.

    El año 2013 se produjo el boom de las inaplicaciones, aunque estas no han remitido en el periodo de recuperación macroeconómica, es más, se produce un repunte de las mismas en los últimos once meses de 2019 que de confirmarse podría significar un abuso empresarial para eludir los acuerdos establecidos en convenios en base al IV AENC o al SMI.

    Para Comisiones Obreras modificar la vigente normativa laboral sobre “inaplicación del convenio”, es uno de los objetivos de nuestra exigencia de derogación de los aspectos más lesivos de la reforma laboral. Cambiar todos aquellos aspectos de la norma legal que permiten, por activa o por pasiva, el abuso empresarial, así como arbitrar los medios institucionales para perseguir con eficacia las conductas empresariales ilegítimas y el fraude que ellas conllevan, forma parte de las demandas sindicales que CCOO viene reclamando en todos estos años. En definitiva se trata de recuperar la capacidad de la negociación colectiva para conseguir una mayor igualdad social.