Comisiones Obreras de Castilla-La Mancha | 20 abril 2024.

CCOO advierte a los empresarios que las 139.000 horas extras ilegales que se realizan cada semana en la región “tienen sus días contados”

    Toledo, 23 de julio de 2018. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tendrá que pronunciarse en breve sobre la adecuación de la legislación española a las directivas europeas relativas a la ordenación del tiempo de trabajo, “y todo apunta a que la respuesta será negativa”. El sindicato confía en que el Tribunal de Justicia de la UE reclamará en breve a España que garantice el cumplimiento de las directivas europeas que obligan a las empresas a establecer un sistema de registro de la jornada diaria efectiva de trabajo

    23/07/2018.
    En CLM 33.000 personas se ven obligadas a hacer semanalmente 139.000 horas extras ilegales

    En CLM 33.000 personas se ven obligadas a hacer semanalmente 139.000 horas extras ilegales

    “La Comisión Europea acaba de remitir al TJUE sus ‘observaciones’ al respecto, que dan la razón a CCOO. Estamos convencidos de que el TJUE exigirá a nuestro país que garantice que las empresas respetan el tiempo legal de trabajo, obligando a las empresas a implantar registros para controlar e impedir la prolongación no voluntaria de jornada de sus trabajadores.”

    “Las horas extras ilegales, tan habituales en nuestro país y en nuestra región, tienen sus días contados”, señala María Ángeles Castellanos, secretaria de Empleo de CCOO-CLM.

    Hoy por hoy, nuestro país carece de mecanismos eficaces para controlar e impedir las prolongaciones ilegales de jornada. La propia Inspección de Trabajo viene demandando reiteradamente la implantación en las empresas de registros que dejen constancia de la jornada laboral que realiza cada trabajador y permitan comprobar que el tiempo real de trabajo se corresponde con el legalmente establecido, declarado y cotizado.

    “En el marco de la cuestión prejudicial presentada por la Audiencia Nacional ante el TJUE por la posible contradicción entre la legislación española y las directivas europeas sobre tiempo de trabajo y seguridad y salud de las y los trabajadores (2003/88/CE y 1989/391/CEE), la Comisión Europea como institución que adoptó dichas directivas ha presentado sus observaciones al TJUE.”

    “En sus ‘Observaciones’, fechadas el pasado 19 de julio, la Comisión respalda el argumento de CCOO de que la legislación nacional española, interpretada por el Tribunal Supremo, no garantiza los derechos de las y los trabajadores y contraviene las directivas europeas relativas a la ordenación del tiempo de trabajo.”

    “En particular, la Comisión tiene dudas respecto de la eficacia de los medios de control previstos en el ordenamiento jurídico español para garantizar que la duración máxima del tiempo de trabajo y los períodos mínimos de descanso son respetados por los empleadores”, explica Castellanos.

    “Para la Comisión, el sistema actual es a todas luces deficiente, ya que deja íntegramente en las manos del empleador el registro de la realización, o no, de horas extraordinarias y no permite ni a los trabajadores, ni a sus representantes legales, ni a las autoridades laborales fiscalizar que la duración máxima del tiempo de trabajo y el tiempo de descanso son respetados. De esta forma, se le está dando al empleador la posibilidad -y facilidad- de restringir los derechos de trabajadores y trabajadoras, en contra de lo dispuesto por las Directivas europeas.”

    En la práctica, esta posibilidad que ofrece la legislación española a los empresarios se traduce en jornadas que no respetan los tiempos mínimos de descanso, en la infra cotización a la Seguridad Social del tiempo real de trabajo en contratos a jornada parcial o en miles de horas extra realizadas y no pagadas, horas que en Castilla-La Mancha tienen un coste estimado de más de cuatro millones de euros a la semana y que equivalen a más de 4.900 contratos a tiempo completo

    Además, con el sistema actual son los trabajadores los que en caso de reclamación judicial soportan la carga de la prueba de las horas extraordinarias individual y efectivamente realizadas, y en opinión de la Comisión, la inexistencia de un registro oficial de la jornada de trabajo sobre el que basarse hace extremadamente difícil, si no imposible, el ejercicio de los derechos conferidos por el ordenamiento jurídico de la Unión.

    Esta realidad legislativa dificulta que las más de 33.000 personas que en la región hacen horas extra no pagadas puedan recuperar los salarios que les corresponden al igual que dificulta que las Seguridad Social pueda reclamar los millones de euros que se dejan de cotizar con los tiempos de trabajo no declarados.

    “Tras las ‘Observaciones’ de la Comisión, confiamos en que el TJUE se pronuncie en el mismo sentido y su pronunciamiento obligue a las empresas a establecer un sistema de registro de la jornada diaria efectiva de trabajo, lo que será el principio del fin de las horas extras ilegales.”